Formalidades de ingreso al país:

 

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Turistas originarios de países con los que Chile mantiene relaciones diplomáticas:

Los nacionales de países con los cuales Chile mantiene relaciones diplomáticas pueden ingresar al país con la sola exigencia de tener sus pasaportes vigentes.

Los nacionales de Argentina, Brasil, Uruguay y Paraguay pueden hacerlo, también con sus cédulas de identidad o documentos vigentes.

Los argentinos menores de 21 años que viajen solos necesitan una autorización notarial de su padre o tutor.

Otros extranjeros menores de 18 años que viajen solos requieren la misma autorización anterior, pero visada por el Cónsul chileno residente en el país de procedencia.

Las excepciones a la norma mencionada la constituyen los casos de nacionales de países con los que, pese a existir relaciones diplomáticas, se les exige igualmente un Visto de Turismo para ingresar al país y en algunos casos , la autorización previa del Ministerio de Relaciones Exteriores. En esta situación se encuentran, entre otros, los nacionales de Perú, Francia, Venezuela, y Nueva Zelandia.

La Oficina de Policia Internacional proporciona al momento de ingresar a Chile un formulario en duplicado denominado "Tarjeta de Turismo". Esta es personal e intransferible y su duración es de 90 días, prorrogables por otros 90 días. La copia debe quedar en poder del turista mientras dure su permanencia en el país y deberá presentarla a Policía Internacional al abandonar Chile. La ampliación de validez de la Tarejeta se solicita en las Intendencias Regionales, Oficina de Extranjería.
Turistas originarios de países con los que Chile no tiene relaciones diplomáticas:

Los nacionales de países con los cuales Chile no mantiene relaciones diplomáticas deben ingresar al país con Visto de Turismo, exigiéndose además la autorización previa del Ministerio de Relaciones Exteriores para su otorgamiento.

Al solicitarse esta autorización, debe informarse sobre los motivos del viaje, duración de la visita, fecha en que se hará efectiva y que poseen pasajes de salida de Chile hacia su país de origen o hacia un tercero. En este último caso deberán probar también que cuentan con la autorización para ingresar al tercer país, exhibiendo el visto, visación o permiso de ingreso correspondiente. La excepción a esta norma la constituyen los nacionales de Croacia, que pueden ingresar al país con sus pasaportes válidos y sin Vistos de Turismo, y los de Bolivia con exigencia de Visto, el que no requiere consulta previa.

A los turistas en situación especial, como refugiados y apatridas, se les exige visto bueno de turismo con consulta previa al Ministerio de Relaciones Exteriores.

Internación temporal de vehículos:

Los turistas extranjeros que ingresen al país por aduanas de pasos fronterizos entre Chile y Argentina, deben llenar un formulario único para la "Salida y Admisión Temporal de Vehículos" (Acuerdo Chileno-Argentino).

Para aquellos turistas que entran al país por pasos fronterizos con Perú y Bolivia, la Oficina de Aduanas proporciona un documento llamado"Título de Importación Temporal", requisito para el ingreso de los vehículos al país.

En ambos casos se debe acreditar la calidad de turistas en Policía Internacional, presentar los documentos vigentes del vehículo y, en caso que el conductor no fuere su propietario, un poder autorizado ante notario, visado por el Cónsul chileno en el país de origen.

La importación temporal de vehículos es válido sólo por 90 días, aunque se prorrogue la permanencia del turista en el país. En caso que el vehículo continúe en el territorio nacional presumirá responsable de permanecer en forma ilegal, en conformidad a las disposiciones emitidas por la Aduana de Chile.

En Chile se conduce por la derecha y con cinturón de seguridad.

Para los turistas argentinos es valida la Licencia de Conducir otorgada en su país. El resto de los extranjeros deben presentar Licencia de Conducir Internacional otorgada por el país de origen.

Formalidades aduaneras:

Pueden ingresar al país, sin declarar a la Aduana y libre de tributos, los artículos de viaje (maletas, bolsos, efectos personales), prendas de vestir, artículos eléctricos de tocador (máquina de afeitar, cortar pelo, secador de pelo manual), artículos de uso personal (despertador, máquina fotográfica, máquina de escribir y de calcular portatil), objetos de uso exclusivo para el ejercicio de profesiones, 400 unidades de cigarrillos, 50 unidades de puros, 500 gramos de tabaco de pipa, 2,5 litros de bebidas alcohólicas.

El turista que ingresa al país con efectos personales tales como: filmadora, equipo de video, pieles y similares, debe llenar una solicitud de internación temporal, la que presentará al país en policia internacional. De esta forma se evitará el pago de derecho aduanero.

El Servicio de Aduanas efectúa revisiones al azar a fin de verificar que en el equipaje sólo se incluyan las mercancías indicadas anteriormente. Si se detectan otros tipos de mercancías, el pasajero infractor queda a disposición del Tribunal Aduanero, el que puede ordenar la retención de ellas, fijar multas en dinero e incluso aplicar penas privativas de libertad.
Formalidades sanitarias:

Chile aplica una legislación sanitaria integral, por parte del Servicio Agrícola y Ganadero (S.A.G.), la cual prohibe el ingreso al país de productos y subproductos de origen vegetal y animal en el equipaje de los turistas. Sin embargo, algunos productos pueden ser ingresados siempre que vengan acompañados por el Certificado Sanitario Oficial emitido por el país de origen.

Los turistas pueden ingrear algunos animales domésticos, como perros y gatos, requiriémdose para estos últimos el Certificado de Vacunación contra el distémper y la rabia, que deben estar visados por el consulado Chileno respectivo.

Vacunación:
Actualmente no se exigen vacunas ni exámenes médicos para ingresar a Chile.
Régimen de divisas:
Actualmente no hay control de divisas, pudiendo el turista ingresar o salir del país con moneda nacional, extranjera o con cualquier otro medio de pago.
Unidad monetaria:

El peso chileno tiene en la actualidad un valor estimativo de 470 pesos por dólar.

  • Monedas: 1, 5, 10, 50 y 100 pesos
  • Billetes: 500, 1.000, 2.000, 5.000, 10.000 y 20.000 pesos.

 

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