Turistas
originarios de países con los que Chile mantiene relaciones diplomáticas: |
Los nacionales de países con los cuales Chile mantiene
relaciones diplomáticas pueden ingresar al país con la sola
exigencia de tener sus pasaportes vigentes.
Los nacionales de Argentina, Brasil, Uruguay
y Paraguay pueden hacerlo, también con sus cédulas de identidad
o documentos vigentes.
Los argentinos menores de 21 años que
viajen solos necesitan una autorización notarial de su padre o tutor.
Otros extranjeros menores de 18 años
que viajen solos requieren la misma autorización anterior, pero visada
por el Cónsul chileno residente en el país de procedencia.
Las excepciones a la norma mencionada la constituyen
los casos de nacionales de países con los que, pese a existir relaciones
diplomáticas, se les exige igualmente un Visto de Turismo para ingresar
al país y en algunos casos , la autorización previa del Ministerio
de Relaciones Exteriores. En esta situación se encuentran, entre
otros, los nacionales de Perú, Francia, Venezuela, y Nueva Zelandia. |
La Oficina de Policia Internacional proporciona
al momento de ingresar a Chile un formulario en duplicado denominado "Tarjeta
de Turismo". Esta es personal e intransferible y su duración
es de 90 días, prorrogables por otros 90 días. La copia debe
quedar en poder del turista mientras dure su permanencia en el país
y deberá presentarla a Policía Internacional al abandonar
Chile. La ampliación de validez de la Tarejeta se solicita en las
Intendencias Regionales, Oficina de Extranjería. |
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Turistas
originarios de países con los que Chile no tiene relaciones diplomáticas: |
Los nacionales de países con los cuales
Chile no mantiene relaciones diplomáticas deben ingresar al país
con Visto de Turismo, exigiéndose además la autorización
previa del Ministerio de Relaciones Exteriores para su otorgamiento.
Al solicitarse esta autorización, debe
informarse sobre los motivos del viaje, duración de la visita, fecha
en que se hará efectiva y que poseen pasajes de salida de Chile hacia
su país de origen o hacia un tercero. En este último caso
deberán probar también que cuentan con la autorización
para ingresar al tercer país, exhibiendo el visto, visación
o permiso de ingreso correspondiente. La excepción a esta norma la
constituyen los nacionales de Croacia, que pueden ingresar al país
con sus pasaportes válidos y sin Vistos de Turismo, y los de Bolivia
con exigencia de Visto, el que no requiere consulta previa.
A los turistas en situación especial,
como refugiados y apatridas, se les exige visto bueno de turismo con consulta
previa al Ministerio de Relaciones Exteriores. |
Internación temporal de vehículos: |
Los turistas extranjeros que ingresen al país
por aduanas de pasos fronterizos entre Chile y Argentina, deben llenar un
formulario único para la "Salida y Admisión Temporal
de Vehículos" (Acuerdo Chileno-Argentino).
Para aquellos turistas que entran al país
por pasos fronterizos con Perú y Bolivia, la Oficina de Aduanas proporciona
un documento llamado"Título de Importación Temporal",
requisito para el ingreso de los vehículos al país.
En ambos casos se debe acreditar la calidad
de turistas en Policía Internacional, presentar los documentos vigentes
del vehículo y, en caso que el conductor no fuere su propietario,
un poder autorizado ante notario, visado por el Cónsul chileno en
el país de origen.
La importación temporal de vehículos
es válido sólo por 90 días, aunque se prorrogue la
permanencia del turista en el país. En caso que el vehículo
continúe en el territorio nacional presumirá responsable de
permanecer en forma ilegal, en conformidad a las disposiciones emitidas
por la Aduana de Chile.
En Chile se conduce por la derecha y con cinturón
de seguridad.
Para los turistas argentinos
es valida la Licencia de Conducir otorgada en su país. El resto de
los extranjeros deben presentar Licencia de Conducir Internacional otorgada
por el país de origen. |
Formalidades
aduaneras: |
Pueden ingresar al país, sin declarar
a la Aduana y libre de tributos, los artículos de viaje (maletas,
bolsos, efectos personales), prendas de vestir, artículos eléctricos
de tocador (máquina de afeitar, cortar pelo, secador de pelo manual),
artículos de uso personal (despertador, máquina fotográfica,
máquina de escribir y de calcular portatil), objetos de uso exclusivo
para el ejercicio de profesiones, 400 unidades de cigarrillos, 50 unidades
de puros, 500 gramos de tabaco de pipa, 2,5 litros de bebidas alcohólicas.
El turista que ingresa al país con
efectos personales tales como: filmadora, equipo de video, pieles y similares,
debe llenar una solicitud de internación temporal, la que presentará
al país en policia internacional. De esta forma se evitará
el pago de derecho aduanero. |
El Servicio de Aduanas efectúa revisiones
al azar a fin de verificar que en el equipaje sólo se incluyan las
mercancías indicadas anteriormente. Si se detectan otros tipos de
mercancías, el pasajero infractor queda a disposición del
Tribunal Aduanero, el que puede ordenar la retención de ellas, fijar
multas en dinero e incluso aplicar penas privativas de libertad. |
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Formalidades
sanitarias: |
Chile aplica una legislación sanitaria
integral, por parte del Servicio Agrícola y Ganadero (S.A.G.), la
cual prohibe el ingreso al país de productos y subproductos de origen
vegetal y animal en el equipaje de los turistas. Sin embargo, algunos productos
pueden ser ingresados siempre que vengan acompañados por el Certificado
Sanitario Oficial emitido por el país de origen.
Los turistas pueden ingrear algunos animales
domésticos, como perros y gatos, requiriémdose para estos
últimos el Certificado de Vacunación contra el distémper
y la rabia, que deben estar visados por el consulado Chileno respectivo. |
Vacunación: |
Actualmente no se exigen vacunas ni exámenes
médicos para ingresar a Chile. |
Régimen
de divisas: |
Actualmente no hay control de divisas, pudiendo
el turista ingresar o salir del país con moneda nacional, extranjera
o con cualquier otro medio de pago. |
Unidad
monetaria: |
El peso chileno tiene en la actualidad un
valor estimativo de 470 pesos por dólar.
- Monedas: 1, 5, 10, 50 y 100 pesos
- Billetes: 500, 1.000, 2.000, 5.000, 10.000
y 20.000 pesos.
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